El ABC de la Propiedad Industrial
   

 

¿QUE ES LA PROPIEDAD INTELECTUAL?

La propiedad intelectual es una rama del llamado Derecho Inmaterial que se comprende dentro del campo del Derecho Corporativo, por ser inherente a las personas físicas o morales que se dedican a realizar actos de comercio en general y que poseen bienes que no se consideren tangibles; De ahí se deriva la palabra "Inmaterial".

La palabra "propiedad" desde luego es un concepto inherente a la naturaleza humana, ya que el hombre desde siempre ha querido identificar sus objetos o pertenencias de las de los demás, como lo demuestran las llamadas Marcas de Fuego con las que se "marca" al ganado hasta nuestros días o el hecho de enmarcar un terreno para señalizar esa propiedad.

La palabra "intelectual" desde luego se relaciona con el intelecto, que es una facultad exclusivamente del ser humano y que lo hace crear o inventar objetos o productos nuevos para facilitar la realización de actividades diarias como resultado de un proceso mental e inteligente.

La propiedad intelectual abarca dos grandes campos:

  • La Propiedad Industrial.
  • Los derechos de Autor o derechos conexos.

¿QUE COMPRENDE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL?

Esta rama de la propiedad intelectual se refiere a todos aquellos signos distintivos que los comerciantes, industriales o prestadores de servicios utilicen para distinguir sus productos o servicios frente a los de sus competidores a efecto de obtener la preferencia de la clientela en el mercado.

Dentro de estos signos distintivos se encuentran las Marcas, los Avisos Comerciales, los Nombres Comerciales y las Denominaciones de Origen.

De igual forma, dentro del campo de la Propiedad industrial se comprenden las Invenciones de las industrias o de las personas físicas como investigadores.

Dentro de estas se encuadran las Patentes de Invención, las Patentes de Mejoras, los Modelos de Utilidad y los Diseños Industriales.

¿QUE ES UNA MARCA?

La Marca es el signo distintivo por excelencia que los comerciantes, fabricantes o prestadores de servicios utilizan para distinguir un producto o servicio de otros de su misma clase o especie para atraer la preferencia de la clientela en el mercado.

Es decir, con una marca se puede proteger cualquier producto o servicio que exista en el mercado o en la naturaleza, basándose en una clasificación de productos o servicios que establece el Reglamento de la Ley de la Propiedad industrial, que es la que regula esta materia.

¿CUANTOS TIPOS DE MARCAS EXISTEN?

Existen cuatro tipos de marcas, las cuales son:

  • Las Nominativas: Son aquellas marcas que únicamente se componen por una palabra o denominación, es decir, que no protegen ningún tipo de característica grafica. Como ejemplo de ellas encontramos marcas como "la Michoacana", "ópticas Lux", "citibank", etc.
  • Las Innominadas: Son aquellas que se componen exclusivamente de un diseño y no contienen palabras, como ejemplo de ellas encontramos el diseño de Televisa, el diseño de Apasco, el logotipo de Pepsi, etc.
  • Las Mixtas: Son aquellas marcas que se componen de una denominación y un diseño especifico que se usan en forma conjunta.
  • Las Tridimensionales: Son aquellas que protegen el aspecto tridimensional que le da su propietario una característica de distintividad sobre las de su misma clase o especie. Ejemplos de estas son los envases de perfumes, los envases de tequilas, de bebidas sin alcohol, etc.

¿A QUE SE REFIERE LA CLASIFICACIÓN DE PRODUCTOS Y SERVICIOS?

Una marca en si no puede registrarse para proteger todos los productos o servicios que existen en la naturaleza o en el mercado.

Por ello existe la clasificación oficial de productos y servicios que establece el Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial, misma que se integra por 42 clases distintas; 35 de ellas son de productos y 7 son de servicios.

Ejemplo de esto son lo siguientes:

Clase 25: En esta se encuadra el vestuario, el calzado y la sombrerería.

Clase 30: El azúcar, el arroz, el café, etc.

Clase 32: Las bebidas sin alcohol, incluyendo el agua purificada.

Clase 33: Las bebidas alcohólicas.

Clase 35: Los servicios de publicidad y asesoría comercial.

Clase 38: Servicios de comunicaciones.

Clase 42: Servicios de hotelería, restaurantes, compra-venta de productos, etc.

Por ello para poder brindar una asesoría adecuada en cuanto a la protección legal que se requiere, es necesario se haga una descripción amplia de los productos que usted o su empresa elabora, los mercados a los que destinan o bien los servicios que se relacionan con su objeto social, a fin de poderlos clasificar en forma debida.

¿QUE VIGENCIA TIENE UNA MARCA?

La vigencia que tiene un registro marcario es de 10 años contados a partir de la fecha de presentación de la marca. Sin embargo este registro es renovable por términos iguales.

A los tres años de que se concede el registro de la Marca, es recomendable llevar a cabo la comprobación o demostración del uso de su registro para los productos y/o servicios para los que fue registrados, a fin de evitar la caducidad de la marca o bien, sentar precedente en contra de cualquier acción legal que cualquier tercero interesado en su Marca pudiera iniciar ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.

¿QUE SON LOS AVISOS COMERCIALES?

Son los "slogans" publicitarios que utilizan las empresas para promocionar sus productos o servicios. Tienen la misma vigencia de las marcas y también son renovables por periodos iguales.

Los ejemplos mas conocidos de ellos son los de Sabritas "A QUE NO PUEDES COMER SOLO UNA" y de la Tarjeta American Express "LA LLAVE DEL MUNDO, NO SALGA SIN ELLA".

¿QUE SUCEDE SI NO SE REGISTRA UNA MARCA?

Nuestra legislación permite el uso de signos distintivos en los productos que se elaboren o en los servicios que se presten sin la necesidad de un registro marcario para poder usarlo. Es decir, no se trata de una cuestión obligatoria.

Sin embargo, la única forma de obtener el derecho al uso exclusivo sobre un nombre o un slogan publicitario es mediante el registro, de forma que si no se tiene la marca registrada y un competidor comienza a hacer uso de ella sin permiso, no se puede llevar a cabo ninguna acción legal en su contra y se corre el riesgo de perder a la clientela conseguida y las inversiones efectuadas. Por lo que es necesario registrar todo los signos distintivos que se utilicen.

¿A QUE SE REFIERE LA FECHA DE USO?

Este punto se deriva de lo comentado anteriormente. Si una persona o empresa comienza a hacer uso de una marca o un slogan sin registro, tiene la ventaja de que el uso que haga del mismo le cree un cierto derecho para el momento que registre la marca, aun cuando es necesario ser muy cuidadoso en documentar debidamente este uso con documentos que lo comprueben.

En efecto si una empresa o persona comienza a usar una marca sin haberla registrado y dentro de 5 años cree convenientemente registrarla y se encuentra con que ya fue registrada por otra empresa o persona o bien que se registro una que es semejante en grado de confusión, existe la posibilidad de iniciar un proceso legal en contra de esa marca, basándose en el mejor uso de al marca, pero para ello se requiere probar que la marca se usó en forma ininterrumpida desde antes de la fecha en que la otra marca fue solicitada a registro y con documentos probatorios tenacientes..

Los inconvenientes de este asunto es que es un procesa que puede llaver varios años y puede salir muy caro, comparados con los costos de haber registrado la marca oportunamente, por lo cual nuestro Despacho le ha insistido mucho en la necesidad de proteger sus signos distintivos desde este momento..

¿QUE TAN NECESARIA ES HACER UNA INVESTIGACIÓN PREVIO A SOLICITAR EL REGISTRO DE UNA MARCA?

Lo consideramos importante, dado que con la investigación que realicemos, podemos determinar si ya fue registrada la marca que se desee amparar por parte de un tercero o bien si existe alguna otra que pudiera constituir impedimento legal, para en su caso tomar una decisión sobre la estrategia legal a seguir, como sería un procedimiento de nulidad por alguna causal o bien hacer algunas modificaciones para eliminar el obstáculo legal respectivo.

El costo por llevar a cabo esta investigación asciende únicamente a $600.00 (mas I.V.A.) por cada clase y la respuesta la tenemos lista en un periodo de tres días aproximadamente.

 

 

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